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In June 1814 Anton Friedrich Justus Thibaut (1772-1840) concluded his Über die Notwendigkeit eines allgemeinen bürgerlichen Rechts in Deutschland (On the need for a general civil law for Germany).Probably in response to August Wilhelm Rehberg (Über den Code Napoleon und dessen Einführung in Deutschland, Hannover 1814), who only he appreciated custom and tradition. Shortly after this first edition, In August 1814, he prefaced the second one, which occupied treaty number 19 of his Civilistische Abhandlungen (pp. 404 ff.) and which included some additions qualified by the author himself as relevant, together with minor modifications of style. This last version was again published in 1840.The book sparked a well-known controversy over coding that inspired Savigny's controversial essay entitled Vom Beruf unserer Zeit für Gesetzgebung und Rechtswissenschaft (From the vocation of our age to legislation and the science of law).In 1914, the centenary year, Jacques Stern gave the printing press a new edition of these titles together with other texts: additions by the authors and judgments of his contemporaries. Stern's selection was translated by José Díaz García and published by Aguilar in 1970.Starting from this Spanish translation, with slight changes, the present work reproduces the second edition. The additions introduced by Thibaut They appear in italics so that they can be easily seen. When they are simple modifications, in a mere form, the replaced text appears in note. Finally, it is obligatory to thank the rights holders for their ease in offering this digital edition for exclusively academic purposes.
Civil law --- Codificación --- Alemania
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El libro vuelve a proponer, después de algunos años que han transcurrido desde la primera edición, una nueva versión del texto de las lecciones desarrolladas por el autor en la primavera de 1993 en la Universidad de Barcelona. Destinadas a un público interesado, e incluso especialista, se articulan en dos núcleos. Por un lado era necesario razonar sobre el concepto de codificación, verificar la novedad que propone y cómo se distingue de fenómenos aparentemente análogos, como también del resto del tejido normativo (constitución, derecho consuetudinario, jurisprudencia). Desde este punto de vista la codificación del derecho señaló la transición de un sistema de fuentes dominado por la ciencia jurídica (es decir, el del derecho común) a un sistema que privilegió la producción estatal del derecho y fue instrumento de la primacía de la ley. Por otro lado, las lecciones dedicaron particular atención al despegue concreto del modelo codificador producido en el continente entre 1794 y 1811, plasmado en una trilogía ligada todavía –aunque de distinta manera– al iusnaturalismo: la que va del código prusiano de 1794 al francés de 1804, para concluir con el código austriaco de 1811. A la evolución posterior del modelo codificador están dedicados los capítulos conclusivos sobre el Código civil suizo de 1907 y sobre la denominada descodificación. Esta nueva versión de las Lecciones está enriquecida con una puesta al día de la bibliografía –hasta el año 2012 incluido– y por un Apéndice documental de 34 textos, todos magistralmente traducidos al castellano por los editores de la publicación.
Law --- Codification --- History. --- Codificación
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El libro vuelve a proponer, después de algunos años que han transcurrido desde la primera edición, una nueva versión del texto de las lecciones desarrolladas por el autor en la primavera de 1993 en la Universidad de Barcelona. Destinadas a un público interesado, e incluso especialista, se articulan en dos núcleos. Por un lado era necesario razonar sobre el concepto de codificación, verificar la novedad que propone y cómo se distingue de fenómenos aparentemente análogos, como también del resto del tejido normativo (constitución, derecho consuetudinario, jurisprudencia). Desde este punto de vista la codificación del derecho señaló la transición de un sistema de fuentes dominado por la ciencia jurídica (es decir, el del derecho común) a un sistema que privilegió la producción estatal del derecho y fue instrumento de la primacía de la ley. Por otro lado, las lecciones dedicaron particular atención al despegue concreto del modelo codificador producido en el continente entre 1794 y 1811, plasmado en una trilogía ligada todavía –aunque de distinta manera– al iusnaturalismo: la que va del código prusiano de 1794 al francés de 1804, para concluir con el código austriaco de 1811. A la evolución posterior del modelo codificador están dedicados los capítulos conclusivos sobre el Código civil suizo de 1907 y sobre la denominada descodificación. Esta nueva versión de las Lecciones está enriquecida con una puesta al día de la bibliografía –hasta el año 2012 incluido– y por un Apéndice documental de 34 textos, todos magistralmente traducidos al castellano por los editores de la publicación.
Law --- Codification --- History. --- Codificación
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El libro vuelve a proponer, después de algunos años que han transcurrido desde la primera edición, una nueva versión del texto de las lecciones desarrolladas por el autor en la primavera de 1993 en la Universidad de Barcelona. Destinadas a un público interesado, e incluso especialista, se articulan en dos núcleos. Por un lado era necesario razonar sobre el concepto de codificación, verificar la novedad que propone y cómo se distingue de fenómenos aparentemente análogos, como también del resto del tejido normativo (constitución, derecho consuetudinario, jurisprudencia). Desde este punto de vista la codificación del derecho señaló la transición de un sistema de fuentes dominado por la ciencia jurídica (es decir, el del derecho común) a un sistema que privilegió la producción estatal del derecho y fue instrumento de la primacía de la ley. Por otro lado, las lecciones dedicaron particular atención al despegue concreto del modelo codificador producido en el continente entre 1794 y 1811, plasmado en una trilogía ligada todavía –aunque de distinta manera– al iusnaturalismo: la que va del código prusiano de 1794 al francés de 1804, para concluir con el código austriaco de 1811. A la evolución posterior del modelo codificador están dedicados los capítulos conclusivos sobre el Código civil suizo de 1907 y sobre la denominada descodificación. Esta nueva versión de las Lecciones está enriquecida con una puesta al día de la bibliografía –hasta el año 2012 incluido– y por un Apéndice documental de 34 textos, todos magistralmente traducidos al castellano por los editores de la publicación.
Law --- Codificación --- Codification --- History.
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Esta publicación ofrece una antología representativa de ensayos, escritos en el arco de treinta años, destinados a ilustrar luces y sombras del proceso codificador. El autor ve en éste no sólo una reorganización formal de la materia jurídica (penal, civil, mercantil o procesal) destinada a garantizar certeza, y por ello dirigida a conseguir mayor completitud material, sino también (y sobre todo) la visible repercusión jurídica de un cambio político, social, cultural, económico, es decir –simplificando– de la transición del mundo feudal al burgués. Por este motivo, la codificación deviene la estrategia jurídica preferida para corresponder a las aspiraciones incubadas por la sociedad en el contexto posrevolucionario. Se examina por eso desde perspectivas distintas: locales (la mayoría referidas al microcosmo suizo) y supranacionales, formales y materiales, científicas y presapienciales. El autor raramente se contenta con razonamientos basados en datos normativos, en reglas jurídicas promulgadas por los códigos. Tiende más bien a preguntarse sobre como la nueva sociedad burguesa recibió el nuevo derecho del código, sobre como lo ha aprovechado en sus propios programas, sobre los fines concretos de esta descontada adaptación normativa. Por este motivo, al privilegiar siempre la interpretación del destinatario, el autor no cede a la tentación de escribir una historia continental de la codificación, sino que prefiere un examen más pegado a la realidad histórica concreta de las singulares sociedades que codifican. Y lo hace en el espíritu de la intuición de Montesquieu, según la cual “c’est un très grand hasard, si les lois d’une nation peuvent convenir à une autre”.
Europe --- Codificación del Derecho --- Codificación --- Codification --- Europa --- History of law --- Historia del derecho
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El libro recoge el discurso de ingreso de Joaquín Costa en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas que fue contestado por Gumersindo de Azcárate en 1901. Como indicó Azcárate, se trataba de un tema central de la ciencia jurídica del cambio de siglo que se debatía entre la crítica a la codificación y la búsqueda de una redefinición de las fuentes del derecho. Las numerosas reediciones que ha tenido corroboran su importancia.
Ignorance (Law). --- Derecho --- Gumersindo de --- Codificación --- Historia --- Azcárate --- Costumbre
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El libro recoge el discurso de ingreso de Joaquín Costa en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas que fue contestado por Gumersindo de Azcárate en 1901. Como indicó Azcárate, se trataba de un tema central de la ciencia jurídica del cambio de siglo que se debatía entre la crítica a la codificación y la búsqueda de una redefinición de las fuentes del derecho. Las numerosas reediciones que ha tenido corroboran su importancia.
Ignorance (Law). --- Derecho --- Gumersindo de --- Codificación --- Historia --- Azcárate --- Costumbre
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El libro recoge el discurso de ingreso de Joaquín Costa en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas que fue contestado por Gumersindo de Azcárate en 1901. Como indicó Azcárate, se trataba de un tema central de la ciencia jurídica del cambio de siglo que se debatía entre la crítica a la codificación y la búsqueda de una redefinición de las fuentes del derecho. Las numerosas reediciones que ha tenido corroboran su importancia.
Ignorance (Law). --- Derecho --- Gumersindo de --- Codificación --- Historia --- Azcárate --- Costumbre
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Esta publicación ofrece una antología representativa de ensayos, escritos en el arco de treinta años, destinados a ilustrar luces y sombras del proceso codificador. El autor ve en éste no sólo una reorganización formal de la materia jurídica (penal, civil, mercantil o procesal) destinada a garantizar certeza, y por ello dirigida a conseguir mayor completitud material, sino también (y sobre todo) la visible repercusión jurídica de un cambio político, social, cultural, económico, es decir –simplificando– de la transición del mundo feudal al burgués. Por este motivo, la codificación deviene la estrategia jurídica preferida para corresponder a las aspiraciones incubadas por la sociedad en el contexto posrevolucionario. Se examina por eso desde perspectivas distintas: locales (la mayoría referidas al microcosmo suizo) y supranacionales, formales y materiales, científicas y presapienciales. El autor raramente se contenta con razonamientos basados en datos normativos, en reglas jurídicas promulgadas por los códigos. Tiende más bien a preguntarse sobre como la nueva sociedad burguesa recibió el nuevo derecho del código, sobre como lo ha aprovechado en sus propios programas, sobre los fines concretos de esta descontada adaptación normativa. Por este motivo, al privilegiar siempre la interpretación del destinatario, el autor no cede a la tentación de escribir una historia continental de la codificación, sino que prefiere un examen más pegado a la realidad histórica concreta de las singulares sociedades que codifican. Y lo hace en el espíritu de la intuición de Montesquieu, según la cual “c’est un très grand hasard, si les lois d’une nation peuvent convenir à une autre”.
Law, General & Comparative --- Law, Politics & Government --- Europe --- Codificación del Derecho --- Codificación --- Codification --- Europa --- History of law --- Historia del derecho
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Esta publicación ofrece una antología representativa de ensayos, escritos en el arco de treinta años, destinados a ilustrar luces y sombras del proceso codificador. El autor ve en éste no sólo una reorganización formal de la materia jurídica (penal, civil, mercantil o procesal) destinada a garantizar certeza, y por ello dirigida a conseguir mayor completitud material, sino también (y sobre todo) la visible repercusión jurídica de un cambio político, social, cultural, económico, es decir –simplificando– de la transición del mundo feudal al burgués. Por este motivo, la codificación deviene la estrategia jurídica preferida para corresponder a las aspiraciones incubadas por la sociedad en el contexto posrevolucionario. Se examina por eso desde perspectivas distintas: locales (la mayoría referidas al microcosmo suizo) y supranacionales, formales y materiales, científicas y presapienciales. El autor raramente se contenta con razonamientos basados en datos normativos, en reglas jurídicas promulgadas por los códigos. Tiende más bien a preguntarse sobre como la nueva sociedad burguesa recibió el nuevo derecho del código, sobre como lo ha aprovechado en sus propios programas, sobre los fines concretos de esta descontada adaptación normativa. Por este motivo, al privilegiar siempre la interpretación del destinatario, el autor no cede a la tentación de escribir una historia continental de la codificación, sino que prefiere un examen más pegado a la realidad histórica concreta de las singulares sociedades que codifican. Y lo hace en el espíritu de la intuición de Montesquieu, según la cual “c’est un très grand hasard, si les lois d’une nation peuvent convenir à une autre”.
Law, General & Comparative --- Law, Politics & Government --- Europe --- Codificación del Derecho --- Codificación --- Codification --- Europa --- History of law --- Historia del derecho
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